Descripción
DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO
Alcohol 96º reforzado con cloruro de benzalconio es una solución antiséptica para piel sana (biocida TP1). No es
apto para uso de boca.
Test
UNE-EN 12791:2006
Antisépticos y desinfectantes químicos. Desinfección quirúrgica de las manos.
Requisitos y métodos de ensayo (fase 2/etapa 2).
UNE-EN 1276:1998
Antisépticos y desinfectantes químicos. Ensayo cuantitativo de suspensión para la evaluación de la actividad bactericida de los antisépticos y desinfectantes químicos utilizados en productos alimenticios, en la industria, en el hogar y en colectividad. Método de ensayo y requisitos (fase 2, etapa 1).
UNE-EN 1650:2008+A1:2013
Antisépticos y desinfectantes químicos. Ensayo cuantitativo de suspensión para la evaluación de la actividad fungicida o levuricida de los antisépticos y desinfectantes químicos utilizados en el área alimentaria, industrial, doméstica e institucional. Método de ensayo y requisitos (fase 2, etapa 1).
COMPOSICIÓN
Ingredientes : Alcohol etílico parcialmente desnaturalizado – 99,9% p/p; cloruro de benzalconio – 0,1% p/p
CARACTERÍSTICAS FISICO-QUÍMICAS
Forma/estado : Líquido
Apariencia : Límpido. Sin partículas en suspensión. Amargo.
Color : Transparente. Incoloro.
Olor : Neutro.
pH : Inaplicable.
Densidad : 0,807 (0,806 – 0,808) g/ml Densimetría digital
Periodo máximo de almacenamiento : 5 año/s Consérvese únicamente en el recipiente de origen, en lugar
fresco y bien ventilado
Temperatura de almacenamiento : 5 – 30 °C
Contenido cloruro de benzalconio : 0,100 (0,085 – 0,115) % p/p UV-VIS
ESTUDIOS MICROBIOLÓGICOS
Aerobios totales : < 100 CFU/mL
Mohos y levaduras : < 100 CFU/mL
Pseudomonas aeruginosa : Ausencia en 1 g o mL.
Staphylococcus aureus : Ausencia en 1 g o mL.
Escherichia coli : Ausencia en 1 g o mL.
Candida albicans : Ausencia en 1 g o mL.
NORMATIVA
Europa
(Lista no exhaustiva)
– Reglamento (UE) nº 528/2012 relativo a la puesta a disposición en el mercado y utilización de biocidas
– Reglamento (CE) N° 1272/2008 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, y por
el que se modifican y derogan las Directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE y se modifica el Reglamento (CE)
N° 1907/2006
– Partida arancelaria: 3808.94.10.00
– Normativa local.